¿Es verdad que…

Con la entrada en vigor del Reglamento F-Gas, ¿se prohibirán el refrigerante y las piezas de repuesto para la reparación de productos con un PCA superior al umbral permitido, introducidos previamente en el mercado?

Falso

Pero con límites en el origen del refrigerante.

El nuevo Reglamento F-Gas (UE 2024/573) establece claramente que la comercialización de piezas de productos y equipos necesarios para la reparación y el mantenimiento de equipos existentes está permitida siempre que:

  •  No se aumentó la capacidad de la planta.;
  •  No ha aumentado la cantidad de refrigerante;
  •  No se sustituya el refrigerante por uno de GWP más elevado.

El Reglamento también especifica que a partir del 1 de enero de 2032 se permite el uso de gases fluorados con un PCA igual o superior a 750 y hasta 2500 para el mantenimiento de refrigeradores. Para otros equipos, el uso solo se permite para gases no producidos recientemente, es decir:

Reciclados, es decir, recuperados de los mismos equipos objeto de mantenimiento y reutilizados por la empresa que realiza el servicio.

Regénérate, que se encuentran en contenedores debidamente señalizados

En conclusión

El nuevo Reglamento establece límites importantes, pero no impide el mantenimiento de los equipos existentes. El objetivo es reducir el impacto ambiental, sin dejar desamparados a los operadores del sector.

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